Ley de Humedales: ¿maquillaje y caja?

25.07.2022

Unos 50 referentes ambientales del país alertan sobre los riesgos de un proyecto de ley de humedales recientemente anunciado.


Con el anuncio oficial de un proyecto consensuado en el COFEMA[i], vuelve a la discusión pública la necesidad de adoptar un marco regulatorio que imponga criterios de ordenamiento para el uso sostenible y preservación de los humedales en todo el territorio nacional. La demora que arrastramos es una muestra de la poca seriedad con que se ha tomado este tema que atañe a todas las provincias, pero despierta temores especialmente en las provincias mesopotámicas y en las mineras. En las primeras, por la gran proporción de sus territorios con humedales; en las segundas, porque nunca han sido proclives o bien a la regulación ambiental o bien a la transparencia en la implementación de las normas.

Impulsar una ley sin un trabajo consistente con esas y otras provincias transformó el objetivo de conservar los humedales en meras declaraciones y continuas tensiones. Es imprescindible retomar un diálogo maduro y urgente, que permita realizar un ordenamiento territorial y la jerarquización de los humedales con bases sólidas y respaldo legal. Los humedales deben ser administrados por su valioso aporte como fuentes claves de biodiversidad y de agua, y para la adaptación al cambio climático. Las provincias deben activar su conservación y manejo sostenible en vez de rehuir el debate por la presión de productores y desarrolladores urbanos locales. Para ello es necesario que comprendan la importancia de estos ecosistemas para la sustentabilidad de sus propias economías.

Un marco regulatorio nacional debe activar un proceso urgente y riguroso para la elaboración del ordenamiento territorial de los humedales (OTH), en el marco de una Ley Nacional de Presupuestos Mínimos, en los términos que definen la Ley General del Ambiente (Ley 25.675) y la Constitución Nacional en su artículo 41.

El inventario de los ambientes de humedales tendrá que ser elaborado por la autoridad ambiental nacional, siguiendo los criterios con que se ha desarrollado ese inventario hasta hoy y contando con la colaboración del sector científico técnico de cada jurisdicción. Este proceso debe tener un plazo para su finalización y a su vez, culminado el inventario, las provincias deben tenerlo para la realización del OTH.

Es de suma importancia que ese OTH incluya los servicios ecosistémicos y sea acordado en cada provincia por medio de un proceso participativo amplio que incluya a los sectores productivos, poblaciones locales, sector académico, organizaciones sociales y gobiernos locales. Las pautas para la realización de dicho ordenamiento deben fijarse claramente en la Ley Nacional, de modo que se apliquen criterios homogéneos en todo el país. El OTH deberá ser formulado por el Poder Ejecutivo provincial para ser enviado para su aprobación por el Poder Legislativo provincial.

En el plazo comprendido entre la sanción de la Ley de Presupuestos Mínimos y la aprobación de los OTH tiene que establecerse un aplazamiento de las actividades que impliquen el cambio de uso del suelo y cualquier obra de gran infraestructura que afecte la integridad del humedal, aunque con la debida Evaluación de Impacto Ambiental y en su caso, la Evaluación Estratégica, se autoricen obras necesarias para atender emergencias o desastres.

Finalmente, es imprescindible prever un fondo específico con dos objetivos determinados: compensar a los propietarios por las restricciones que puedan surgir del OTH provincial y fortalecer a la autoridad competente, de modo que pueda ejercer adecuadamente la fiscalización requerida por la ley. Este fondo sólo deberá distribuirse entre aquellas provincias que hayan completado el proceso de formulación y aprobación legal del OTH.

Todas estas condiciones son necesarias para cumplir con las normas vigentes y lograr una ley de humedales robusta y viable, que pueda ser objeto de monitoreo.

Impulsar una ley en la que las provincias recibirán fondos con escaso control y sin los mecanismos citados, tal como puede surgir del proyecto que se ha anunciado recientemente, parecería ser un maquillaje para calmar las campañas que reclaman una "Ley de humedales YA". Un maquillaje con la promesa de una "caja", que podrá tender sólo a un manejo discrecional de dinero por parte de los gobiernos provinciales, sin impactar positivamente en la conservación y manejo sostenible de los humedales.

Los firmantes de la Agenda Pendiente Ante la Crisis Ambiental vemos entonces que se trata de un proyecto de ley que parece, lamentablemente, haber sido escrito en el agua.


[i] https://www.argentina.gob.ar/noticias/se-consensuo-en-el-cofema-un-proyecto-de-ley-de-humedales-para-ser-presentado-en-el